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Norma mexicana obligatoria · STPS Vigente · DOF 9 de diciembre de 2010

NOM-002-STPS: qué exige a la brigada industrial y cómo se documenta el EPP

La NOM-002-STPS-2010 rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo: obliga al patrón a clasificar el riesgo de incendio, contar con plan de atención a emergencias, integrar brigada contra incendio y dotarla de equipo de protección personal.

Es la norma que un inspector de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social trae en la mano cuando llega a su planta. No dice qué marca comprar ni cita normas NFPA de EPP de bombero: dice qué tiene que existir, quién responde por ello y qué papel debe poder mostrar. Esta página separa lo que la norma exige literalmente de lo que se le atribuye por costumbre.

Nombre oficial

Condiciones de seguridad — Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo

Publicación en el DOF

9 de diciembre de 2010

Entrada en vigor

9 de junio de 2011

Estado

Vigente · revisión sistemática del 8 de julio de 2021 con resultado de confirmación

Campo de aplicación

Todo el territorio nacional y todos los centros de trabajo

EPP de la brigada

Numeral 5.9 — remite a la NOM-017-STPS

La respuesta corta

Qué obliga la NOM-002-STPS y a quién

El numeral 2 de la norma es tajante: rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo. No hay umbral de tamaño ni de giro que la excluya.

Lo que cambia según el centro de trabajo no es si la norma aplica, sino cuánto exige. Ese calibre lo fija la clasificación del riesgo de incendio del Apéndice A: ordinario o alto. De esa clasificación cuelgan las condiciones de prevención y protección, el plan de atención a emergencias y el dimensionamiento de la brigada.

La sección 5 concentra las obligaciones del patrón, de 5.1 a 5.12. Es la lista que se recorre en una inspección, y cada punto se acredita con un documento, no con una explicación verbal.

  • 5.1 — Clasificar el riesgo de incendio del centro de trabajo.
  • 5.2 — Contar con un croquis, plano o mapa general.
  • 5.3 — Contar con las instrucciones de seguridad aplicables.
  • 5.4 — Cumplir con las condiciones de prevención y protección contra incendios.
  • 5.5 — Contar con un plan de atención a emergencias.
  • 5.6 — Contar con brigadas contra incendio.
  • 5.7 — Desarrollar simulacros de emergencias de incendio.
  • 5.8 — Elaborar un programa de capacitación anual.
  • 5.9 — Dotar del equipo de protección personal a los integrantes de las brigadas.
  • 5.10, 5.11 y 5.12 — Condiciones por área, documentos de evaluación de la conformidad y exhibición a la autoridad del trabajo.
Apéndice A

Clasificar el riesgo antes de comprar cualquier cosa

La clasificación del riesgo de incendio es el primer numeral de las obligaciones del patrón por una razón: define todo lo que viene después. Comprar equipo antes de clasificar el riesgo es hacer el programa al revés.

La Tabla A.1 del Apéndice A determina el riesgo con seis conceptos. Basta que uno solo caiga en la columna de riesgo alto para que el centro de trabajo quede clasificado como de riesgo alto: no es un promedio ni una ponderación.

Capítulo 9

Qué exige la norma a la brigada contra incendio

El capítulo 9 no impone un número fijo de brigadistas. Impone un criterio y obliga a documentarlo.

Traducido a expediente: no basta con un organigrama con nombres. Hay que poder mostrar el criterio con el que se fijó ese número, cómo se seleccionó a esas personas y qué resultados de simulacro llevaron a ajustarlo. Un organigrama sin ese soporte es exactamente la brigada que existe en papel.

  • Determinar el número de integrantes considerando los trabajadores por turno, la rotación de personal y los resultados de los simulacros.
  • Seleccionar a los integrantes entre trabajadores con disposición y aptitud física y mental para la función.
  • Ejecutar funciones que incluyen la evaluación de los riesgos y la operación del equipo y del equipo de protección personal.
Numeral 5.9

El EPP de la brigada: la norma remite, no especifica

Este es el punto donde más se malinterpreta la NOM-002. El numeral 5.9 no lista prendas ni cita normas técnicas de EPP de bombero: remite a otra NOM.

El texto publicado obliga a dotar del equipo de protección personal a los integrantes de las brigadas contra incendio, considerando para tal efecto las funciones y riesgos a que estarán expuestos, de conformidad con lo previsto en la NOM-017-STPS.

Dos consecuencias prácticas. La primera: el EPP se justifica por función y riesgo del brigadista, no por catálogo. La segunda, y la que hoy sorprende a más responsables de seguridad: la NOM-017-STPS que cita el texto de 2010 es la edición 2008, y esa edición ya fue sustituida. La NOM-017-STPS-2024, «Equipo de protección personal — Selección, uso y manejo en los centros de trabajo», se publicó en el DOF el 28 de marzo de 2025 y entró en vigor el 28 de septiembre de 2025, cancelando la NOM-017-STPS-2008.

Es decir: la NOM-002 sigue vigente sin cambios, pero la norma a la que remite para el EPP sí cambió. Un programa de brigada que documentó la selección de EPP bajo la NOM-017-STPS-2008 debe revisarse contra la edición 2024.

Inspección

Cómo se documenta el EPP ante la STPS

Una inspección no evalúa intenciones: evalúa evidencia. Todo lo que no se puede mostrar en papel o en sistema, para efectos de la revisión, no existe.

La norma exige exhibir a la autoridad del trabajo los documentos que acrediten su cumplimiento. Esa obligación de exhibición es la que convierte cada numeral en un registro concreto: la clasificación del riesgo en un documento fechado, la brigada en un acta con criterio y nombres, el EPP en un resguardo firmado por cada brigadista.

Sobre el EPP en particular, el criterio que más aguanta una revisión es el que amarra tres cosas: qué riesgo se identificó, qué equipo se seleccionó para ese riesgo y qué evidencia respalda que ese equipo cumple lo que se dice de él. Si esa cadena está completa, la conversación con el inspector es corta.

Tabla de referencia

Apéndice A, Tabla A.1 — determinación del riesgo de incendio (texto publicado por la STPS)

ConceptoRiesgo ordinarioRiesgo alto
Superficie construida (m²)Menor de 3 000Igual o mayor de 3 000
Inventario de gases inflamables (litros)Menor de 3 000Igual o mayor de 3 000
Inventario de líquidos inflamables (litros)Menor de 1 400Igual o mayor de 1 400
Inventario de líquidos combustibles (litros)Menor de 2 000Igual o mayor de 2 000
Inventario de sólidos combustibles (kg)Menor de 15 000Igual o mayor de 15 000
Materiales pirofóricos y explosivos (kg)No aplicaCualquier cantidad

Valores tomados del texto de la NOM-002-STPS-2010 publicado por la STPS, enlazado en la sección de fuentes. Antes de usarlos en un documento vinculante, contrástelos con el texto oficial vigente: es su expediente el que se audita, no esta página.

Tabla de referencia

Estructura de la NOM-002-STPS-2010

CapítuloContenido
1 y 2Objetivo y campo de aplicación
3 y 4Referencias y definiciones
5Obligaciones del patrón (5.1 a 5.12)
6Obligaciones de los trabajadores
7Condiciones de prevención y protección contra incendios
8Plan de atención a emergencias de incendio
9Brigadas contra incendio
10Simulacros de emergencias de incendio
11Capacitación
12 y 13Unidades de verificación y evaluación de la conformidad
14 a 16Vigilancia, bibliografía y concordancia con normas internacionales

El Apéndice A contiene la clasificación del riesgo de incendio.

Errores de cita frecuentes

Lo que se repite y lo que dice la norma

Cada uno de estos errores ha dejado partidas desiertas o expedientes observados. No son sutilezas académicas: deciden si recibe la oferta que quería o recibe otra.

01Lo que se escribe

La NOM-002-STPS obliga a comprar EPP certificado NFPA 1970.

Lo correcto

La NOM-002 remite el EPP a la NOM-017-STPS; no cita normas de EPP de bombero.

Sus referencias NFPA son NFPA 10 y NFPA 101. Especificar NFPA 1970 es una decisión técnica del centro de trabajo derivada de su análisis de riesgo, y es defendible — pero no es lo que exige la NOM-002.

02Lo que se escribe

La norma sólo aplica a plantas industriales grandes.

Lo correcto

Rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.

Lo que varía con el tamaño y el giro no es la aplicabilidad, sino la clasificación del riesgo de incendio y, con ella, la exigencia derivada.

03Lo que se escribe

Basta un promedio favorable de los conceptos de la Tabla A.1 para quedar en riesgo ordinario.

Lo correcto

Un solo concepto en la columna de riesgo alto clasifica al centro de trabajo como de riesgo alto.

La tabla no pondera: cada concepto es un umbral independiente. Un almacén pequeño con materiales pirofóricos queda en riesgo alto por ese solo hecho.

04Lo que se escribe

La NOM-017-STPS-2008 sigue siendo la referencia del EPP.

Lo correcto

La NOM-017-STPS-2024 la canceló; está en vigor desde el 28 de septiembre de 2025.

El texto de la NOM-002 de 2010 cita la edición 2008 porque era la vigente entonces. La remisión sigue siendo a la NOM-017-STPS, pero a su edición vigente.

Texto sugerido para licitación

Redacción para las bases, párrafo por párrafo

Es una propuesta de redacción, no un modelo aprobado por autoridad alguna. Adáptela a su pliego y valídela con su área jurídica y con su análisis de riesgo antes de publicarla.

  1. 01

    Objeto. Dotación de equipo de protección personal para los integrantes de la brigada contra incendio del centro de trabajo, en cumplimiento del numeral 5.9 de la NOM-002-STPS-2010 y conforme a la NOM-017-STPS vigente.

  2. 02

    Justificación técnica. La selección del equipo se sustenta en la clasificación del riesgo de incendio del centro de trabajo conforme al Apéndice A de la NOM-002-STPS-2010 y en las funciones y riesgos a que estarán expuestos los brigadistas, documentados en el análisis de riesgos del sitio.

  3. 03

    Acreditación. El licitante deberá entregar, por cada pieza ofertada, la ficha técnica del fabricante del modelo y la talla, la etiqueta de conformidad cuando el producto la porte y, cuando exista certificación de un organismo de certificación, el número de certificado y el organismo emisor.

  4. 04

    Nivel de protección. Cuando el análisis de riesgo determine intervención con entrada a estructura o atmósfera no respirable, el conjunto de protección estructural y el equipo de respiración autónoma podrán especificarse bajo NFPA 1970, edición 2025, indicando expresamente que se trata de un requisito adicional adoptado por el centro de trabajo y no de una exigencia de la NOM-002-STPS-2010.

  5. 05

    Registros. La entrega se documentará con resguardo individual firmado por brigadista, con identificación de modelo, talla y número de serie o lote, incorporado al expediente que se exhibe a la autoridad del trabajo.

Solicitar este texto por WhatsApp

El mensaje va precargado con la norma. No enviamos un PDF descargable: le respondemos con el texto redactado y la documentación del fabricante de los modelos que apliquen.

Evidencia documental

Qué pedir para que el expediente aguante una revisión

  • Documento fechado con la clasificación del riesgo de incendio conforme al Apéndice A.
  • Plan de atención a emergencias de incendio vigente.
  • Acta de integración de la brigada con el criterio de dimensionamiento: trabajadores por turno, rotación y resultados de simulacros.
  • Programa de capacitación anual y constancias de las sesiones impartidas.
  • Resguardo individual del EPP firmado por cada brigadista, con modelo, talla y número de serie o lote.
  • Ficha técnica del fabricante por cada pieza de EPP entregada, correspondiente al modelo ofertado.
  • Bitácora de simulacros con los resultados que sustentan los ajustes a la brigada.
  • Documentos de evaluación de la conformidad y su exhibición a la autoridad del trabajo.
Categorías que declaran esta norma

Del pliego al catálogo

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta antes de publicar una convocatoria

01¿A qué centros de trabajo aplica la NOM-002-STPS-2010?

A todos. El numeral 2 establece que la norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo. Lo que varía según el sitio es la clasificación del riesgo de incendio conforme al Apéndice A, y de esa clasificación depende el nivel de exigencia.

02¿La NOM-002-STPS obliga a comprar equipo certificado NFPA?

No. El numeral 5.9 obliga a dotar de equipo de protección personal a los brigadistas considerando sus funciones y los riesgos a que estarán expuestos, y remite a la NOM-017-STPS. Las únicas referencias NFPA de la bibliografía de la norma son NFPA 10 y NFPA 101. Especificar EPP bajo NFPA 1970 es una decisión técnica del centro de trabajo derivada de su análisis de riesgo.

03¿Sigue vigente la NOM-017-STPS-2008 que cita el texto de la NOM-002?

No. La NOM-017-STPS-2024, «Equipo de protección personal — Selección, uso y manejo en los centros de trabajo», se publicó en el DOF el 28 de marzo de 2025, entró en vigor el 28 de septiembre de 2025 y canceló la NOM-017-STPS-2008. La remisión de la NOM-002 sigue siendo a la NOM-017-STPS, pero debe leerse contra su edición vigente.

04¿Cómo se determina si mi centro de trabajo es de riesgo alto?

Con la Tabla A.1 del Apéndice A, que evalúa superficie construida, inventario de gases inflamables, de líquidos inflamables, de líquidos combustibles, de sólidos combustibles y la presencia de materiales pirofóricos y explosivos. Basta que un solo concepto caiga en la columna de riesgo alto para que el centro de trabajo quede clasificado como tal.

05¿Cuántos brigadistas exige la norma?

La norma no fija un número. El capítulo 9 obliga a determinarlo considerando los trabajadores por turno, la rotación de personal y los resultados de los simulacros, y a seleccionar a los integrantes entre trabajadores con disposición y aptitud física y mental. Lo que se audita es el criterio documentado, no la cifra.

06¿Qué documentación se revisa en una inspección de la STPS?

La que acredita cada obligación del patrón: clasificación del riesgo de incendio, croquis o plano, instrucciones de seguridad, plan de atención a emergencias, integración de la brigada, bitácora de simulacros, programa de capacitación anual y la dotación de EPP con su resguardo. La norma obliga expresamente a exhibir esos documentos a la autoridad del trabajo.

07¿La NOM-002-STPS ha tenido modificaciones desde 2010?

El registro de la Plataforma Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía la reporta vigente, con una revisión sistemática del 8 de julio de 2021 cuyo resultado fue de confirmación, sin modificaciones posteriores asentadas. Lo que sí cambió es la NOM-017-STPS a la que remite para el EPP.

Fuentes

De dónde sale cada afirmación de esta página

Ninguna cifra, fecha ni número de norma de esta página se escribió sin fuente primaria. Si una afirmación le parece discutible, el enlace al documento original está aquí abajo: contrástela.

  1. 01

    NOM-002-STPS-2010 — texto publicado

    Secretaría del Trabajo y Previsión Social · PDF oficial · Diario Oficial de la Federación, 9 de diciembre de 2010 · consulta 2026-08-04
    Campo de aplicación, estructura de la norma, obligaciones del patrón 5.1 a 5.12, numeral 5.9 y Tabla A.1 del Apéndice A.

    Fuente primaria ↗
  2. 02

    NOM-002-STPS-2010 en el Diario Oficial de la Federación

    Diario Oficial de la Federación · Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 · consulta 2026-08-04
    Publicación oficial de la norma.

    Fuente primaria ↗
  3. 03

    Ficha de registro de la NOM-002-STPS-2010

    Plataforma Nacional de Normalización · Secretaría de Economía · Registro de norma oficial mexicana · consulta 2026-08-04
    Fecha de publicación, entrada en vigor el 9 de junio de 2011, estado vigente y revisión sistemática del 8 de julio de 2021.

    Fuente primaria ↗
  4. 04

    NOM-017-STPS-2024 en el Diario Oficial de la Federación

    Diario Oficial de la Federación · Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2024, Equipo de protección personal · consulta 2026-08-04
    Publicación oficial de la norma vigente de equipo de protección personal.

    Fuente primaria ↗
  5. 05

    Ficha de registro de la NOM-017-STPS-2024

    Plataforma Nacional de Normalización · Secretaría de Economía · Registro de norma oficial mexicana · consulta 2026-08-04
    Publicación en el DOF el 28 de marzo de 2025, entrada en vigor el 28 de septiembre de 2025 y cancelación de la NOM-017-STPS-2008.

    Fuente primaria ↗
  6. 06

    Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

    Cámara de Diputados · texto vigente · LAASSP publicada en el DOF el 16 de abril de 2025 · consulta 2026-08-04
    Marco legal de compra pública federal citado en la sección de licitación.

    Fuente primaria ↗

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